¿Qué es el «Divorcio Gay»?

¿Qué es el «Divorcio Gay»?

Debido a la cantidad de consultas realizadas por nuestros clientes,  nos vemos en la obligación de crear un espacio dedicado al “divorcio gay”, que aunque término extendido popularmente, no supone ningún tipo de distinción con el divorcio de una pareja heterosexual

La publicación de la Ley 13/2005, de fecha 1 de julio de 2005, por la que se modifica el derecho a contraer matrimonio, supuso un salto cualitativo hacia la consecución de la igualdad de todos los ciudadanos españoles sin tener en cuenta la orientación sexual, permitiendo contraer matrimonio a personas del mismo sexo, es decir, a parejas homosexuales en los mismos términos que cualquier pareja heterosexual.

Así, la legislación española  equiparó el matrimonio gay al matrimonio heterosexual, tanto en derechos como en deberes, lo que se traduce en una completa igualdad jurídica (amparada en los artículos 9 y 14 de la Constitución Española), tanto en la forma de contraer, mantener o disolver el matrimonio.

Actualmente, la única diferencia entre un matrimonio formado por parejas del mismo o distinto sexo, radica en la celebración del matrimonio, ya que la Institución Eclesiástica sólo permite contraer matrimonio de forma religiosa a parejas de distinto sexo.

Sin embargo, en la esfera jurídica y personal, la composición del matrimonio por razón del sexo no es un elemento diferenciador. Prueba de ello fue la modificación y sustitución tanto en el Código Civil como en el resto de leyes complementarias, de los términos “matrimonio entre hombre y mujer” por términos neutros como “cónyuges” o “consortes”. De esta manera se consolidaba la ley, entendiendo que cónyuge hace referencia al estado civil de una persona casada con otra, independientemente de que ambas sean del mismo o distinto sexo.

Asimismo, los derechos y obligaciones ligados al matrimonio serán totalmente idénticos con independencia de la composición del mismo, por lo que los matrimonios homosexuales, a partir del 1 de julio de 2005, gozan de los derechos hereditarios como viudos/as, del derecho a la adopción, del deber de la convivencia conyugal y como no, del derecho a disolver su matrimonio por voluntad de uno de sus miembros.

Por lo tanto, se trate de un matrimonio homosexual o heterosexual, el procedimiento de separación o divorcio (tanto de mutuo acuerdo como de forma contenciosa *ver el post: https://www.divorcioexpres.com/cuanto-cuesta-un-divorcio/ ) será EL MISMO, debiendo cumplir y aportar exactamente los mismos documentos, sin necesidad de tener que iniciar un procedimiento distinto por razón de su orientación sexual, lo que supondría una nueva discriminación.

Es por ello que debe dejarse claro que el concepto “Divorcio gay” como tal no existe, pues los tipos de divorcio (de mutuo acuerdo o contencioso) se basan única y exclusivamente en la posibilidad de llegar a un acuerdo entre las partes, con independencia del sexo de las mismas.

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