Retroactividad modificación Sentencia pensión de alimentos

Retroactividad modificación Sentencia pensión de alimentos

Una consulta muy habitual sobre la pensión de alimentos, es desde cuando se puede exigir la pensión de alimentos (desde la fecha de separación de hecho, desde la fecha de interposición de la demanda, o desde la fecha de sentencia), así como desde cuando es exigible la modificación de la pensión.

Esta ultima cuestión es resuelta por el el Tribunal Supremo, Sala Primera, de lo Civil, en la Sentencia 162/14, de 26 de marzo de 2014, Rec. 1088/2013 que establece:

«cada resolución desplegará su eficacia desde la fecha en que se dicte y será solo la primera resolución que fije la pensión de alimentos la que podrá imponer el pago desde la fecha de la interposición de la demanda, porque hasta esa fecha no estaba determinada la obligación, y las restantes resoluciones serán eficaces desde que se dicten, momento en que sustituyen a las citadas anteriormente

 

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