Cómo se calcula la pensión de alimentos

Cómo se calcula la pensión de alimentos

Una de las cuestiones que más enfrentamientos suscita durante la negociación del convenio de separación o divorcio, es la determinación de la cuantía de los alimentos a favor de los hijos menores de edad.

Muchos padres no tienen claro cómo calcular la pensión alimenticia de los hijos, razón por la cual escribimos el presente artículo.

Lo primero a tener en cuenta es que, a pesar de la publicación por el Consejo del Poder Judicial, de unas Tablas orientadoras para calcular la pensión de alimentos, la determinación de la cuantía corresponde, en caso de un divorcio contencioso, al juez.

Por ello, siempre animamos a evitar dicho enfrentamiento, y que sean los progenitores y no el juez, quien acuerden en beneficio de los hijos, la pensión de alimentos de acuerdo con los siguientes criterios:

Criterios para calcular la pensión de alimentos

Es necesario saber:

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  • El ingreso neto de cada progenitor.
  • El número de hijos.
  • Las circunstancias y necesidades ordinarias y especiales que pueda tener cada hijo.
  • Asimismo, será necesario determinar los gastos extraordinarios (gastos farmacéuticos, gafas, ortodoncias o actividades extraescolares).

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Con dicha información, podemos determinar mediante las Tablas orientadoras -NO vinculantes- (Descargar  Memoria explicativa de las tablas orientadoras para la determinación de las pensiones alimenticias de los hijos en procesos de familia.), el importe de la pensión de alimentos a abonar por el progenitor no custodio. En caso de custodia compartida, se debe saber que no existirá dicha pensión de alimentos, supliendo en los períodos adjudicados a cada progenitor los gastos de sus hijos.

Otras cuestiones a tener en cuenta

Esta pensión alimenticia tiene la finalidad de cubrir aspectos como el alojamiento, la alimentación, la asistencia médica y la educación.

La pensión de alimentos se abonará hasta que el niño/a alcance la mayoría de edad.

No obstante, si sigue estudiando y no es independiente económicamente, se mantendrá la obligación de su pago.

Las condiciones y el importe total de la pensión podrán variar incluso después de la sentencia, siempre que las condiciones económico-laborales de uno de los dos progenitores varíen notablemente. Para ello, deberá iniciarse un procedimiento de modificación de medidas paternofiliales.

El período para abonar las cuotas de pensión serán los 12 meses del año, incluso aquellas temporadas en las que el hijo esté a cargo del progenitor no custodio. Asimismo, deberá ser actualizada cada año conforme al IPC.

En el siguiente enlace podréis calcular la pensión de alimentos según los criterios del CGPJ: http://pensionesaa.poderjudicial.es/pensionesaa/, adaptándola como es natural, a la situación personal, económica y laboral de cada familia.

www.divorcioexpres.com

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